Privatización de Prisiones y Nuevo Sistema de Condenas
Introducción:
Desde que tengo uso de razón, siempre he visto que existe un sistema de justicia que vela porque se cumpla la ley (o al menos eso es lo que se espera), sin embargo, siempre he tenido mis reparos respecto a las sentencias que se le otorgan a las personas (y estoy hablando en todas las partes del mundo donde yo he visto las condenas), lo que nunca vi fue un sistema de condena que responda de acuerdo al perjuicio que se le hace a una persona, un grupo de personas, bienes públicos, etc.
También, he podido ver condenas que son incumplibles, que hablan de 300 años de prisión y que aun cuando le agreguen y agreguen más y más años, después de un cierto número en adelante ya empieza a dar lo mismo, dado que una persona cuando muere ya no puede seguir pagando condena.
Además, cada acción (delito y/o crimen) tiene su propia reacción (condena), las cuales en algunos casos se puede ver que para nuevas actos sin precedentes (delito y/o crimen) se hace un parangón con otras condenas anteriores con cierto grado de similitud, sin embargo esto hace pensar en las siguientes preguntas ¿Es una condena justa para el delito que se cometió? ¿Existe compensación ad hoc con la condena que está asignada o se va a cumplir? ¿En el caso de que la persona se le imponga una sanción económica esta va dirigida a quien tuvo el perjuicio por el acto realizado?
Que pasaría si te digo que tengo una propuesta de un sistema que ayudaría a mejorar, direccionar y hacerse cargo de los perjuicios ocasionados por las personas condenadas, de manera igualitaria y proporcional al perjuicio ocasionado de acuerdo a una valorización económica, no arbitraria, que promovería en un gran porcentaje, a responder por parte los condenados hacia los afectados (además de desincentivar caer en un ilícito), los cuales el pago de la indemnización va directamente relacionado a su permanencia en prisión (cárcel) y en el peor de los casos obtiene una pena muy similar a la forma de operar hoy en día que es pagar con privación de la libertad.
La Propuesta:
Se debe tener en cuenta que mi propuesta, parte de una premisa básica, la cual es considerar prisiones (cárceles) privadas y autosustentables, esto se refiere a que estas no estará financiada con el dinero de ningún contribuyente y que no va a ser sustentada por el estado, sin embargo deberá ir en orden con las leyes del país en el que se implemente.
Este sistema es el que considero más justo y que tiene la mejor forma compensatoria para los afectados a consecuencia de un acto (delito o crimen), dado que hoy por hoy todo (un perjuicio de una cosa o la vida) se puede transformar a dinero, se propone una compensación económica por todos los perjuicios:
- Compensación por vida: teniendo en cuenta las proyecciones de vida de una persona, el valor de la vida de una persona se puede transformar a dinero (ver https://diario.uach.cl/cuanto-vale-una-vida-humana/).
- Compensación por bienes: todas las cosas tienen un valor hoy en día y todo se puede valorizar, desde un automóvil a un bien raíz, como un negocio de barrio hasta un supermercado.
Para implementar este sistema, se debe partir de una premisa necesaria la cual implica la privatización de las prisiones (cárceles) y que a su vez funcionarán como un sistema de hotelería (teniendo en cuenta las proporciones) para las personas privadas de libertad.
Cada vez que una persona (de aquí en adelante preso) sea condenado a una pena por alguna de las causales anteriormente enumeradas o por ambas, el preso deberá entrar a la prisión (cárcel) a cumplir su condena, sin embargo esta condena por tiempo ya no será asignado al arbitrio de un juez ni del sistema actual, sino que, ira en función de lo que debe pagar.
¿Pero como se implementa esto?
La respuesta en sencilla y puede ser respondida con un pequeño ejemplo el cual dejaré a continuación:
Ejemplo:
"Sí una persona, quema un automóvil (valorizado U$D 37,000.00), deberá ir a la prisión (cárcel) y el preso deberá pagarlo con su trabajo y dado que estará privado de libertad, deberá trabajar en prisión (cárcel) en el trabajo que se le asigne para pagar por su delito. Este delito tiene que compensar por el valor del automóvil y en caso de existir el valor de la pérdida de beneficios (o lucro cesante, valorizado en U$D 3,000.00) en la que se pudiese incurrir.
Además el preso, deberá pagar por su estadía en la prisión (cárcel) que haciendo un símil a un hotel, será el lugar donde deberá permanecer durante su condena, que de la misma manera será pagado a través de su trabajo.
El valor adeudado por el preso, irá directamente cargado a un crédito (por U$D 40,000.00) con una institución bancaria que otorgará el valor integro del dinero a la(s) persona(s) afectada(s) (naturales y/o jurídicas) por el delito cometido.
Su pena de prisión (cárcel) tendrá una duración equivalente al tiempo que el preso termine de pagar por su delito, es decir el tiempo que dure en ser pagado su crédito.
De esta manera, los presos se deberán a la indemnización de la(s) persona(s) afectada(s) con su tiempo y con su trabajo."
¿Qué pasará en el caso que alguien indique que el puede pagar con sus ahorros y de esta manera no necesitaría ir a prisión (cárcel)?
Se debe tener en cuenta que una persona que comete algún delito o crimen debe cumplir con una condena, por tanto, para evitar que los ricos queden impunes de pagar una condena por tienen dinero, el dinero adeudado deberá ser pagado única y exclusivamente con el fruto de su trabajo dentro de prisión y no con ahorros o fortunas de su vida real (herencias, empresas, sueldos politicos, etc.).
¿Será elección del preso tomar o no un crédito para pagar?
Efectivamente, es parte de la libertad del preso adquirir o no un crédito para pagar por el acto (delito o crimen) cometido, sin embargo en el caso de que no quiera al inicio de la condena tomar un crédito para pagar por su acto, existirá la instancia que quiera tomarlo cuando el lo requiera, se debe recordar que su privación de la libertad esta sujeta al pago una indemnización (del crédito que tome), por tanto aquellos créditos no tomados o no pagados podrían asumirse como un homologo de la cadena perpetua para los presos.
¿Qué pasará con aquellos presos que no quieran trabajar en la prisión (cárcel)?
Existen dos casos para esta pregunta y se describen a continuación:
Caso 1: el preso no quiere pagar por el acto (asociado al crédito) cometido, es totalmente factible que se oponga a tomar un crédito y esta en su libertad de hacerlo, sin embargo, esto sería un claro homólogo a la cadena perpetua, porque el quedaría privado de libertad hasta que se pague por la indemnización.
Caso 2: el preso tampoco quiere pagar por su estadía, en esta situación, se podrían dar dos casos, los cuales podrian pensarse como conflictos y los describo a continuación:
- Caso 2.1 Indigencia: quienes no quieran pagar su estadía (correspondiente a comida, medicamentos, salud, servicios higiénicos, etc.) podrían tener la misma vida que un indigente y no contaría con comodidades ni comida para alimentarse, es decir sólo se le proveería una cama y un baño.
- Caso 2.1 Conflicto DD.HH: conflicto con los Derechos Humanos, en los cuales el estado debiese hacerse cargo del preso de por vida, sin embargo, como indiqué en el caso anterior esto no debiese ir en contra de los Derechos Humanos dado que una persona que no quiere trabajar habiendo empleos disponibles para aceptar, es por una elección personal.
¿Qué entidad bancaria le daría un crédito a un preso?
Dado que partimos de la premisa de que todas las prisiones (cárceles) deberán ser privadas, la prisión (cárcel) sería el aval de estos presos dando la garantía de que el preso tendrá trabajo disponible para pagar lo adeudado en las cuotas que sean necesarias para cumplir con el 100% del crédito obtenido.
¿Qué pasa si el preso muere antes de cumplir con el pago del crédito?
Debiese el crédito otorgarse con un seguro de desgravamen, el cual sería obtenido al momento que al preso se le asigne el monto y meses para pagar el crédito.
Futuros tópicos a desarrollar en este mismo blog:
- Sistema escalabilidad por reincidencias.
- Sistema de condenas mínimas.
- Sistema de condenas por muertes de personas enfermas.
Preguntas que dejo planteadas:
1) ¿Qué opinan de esta propuesta?
2) ¿Creen que deberían cambiar el sistema de condenas actual para las personas?
3) ¿Sí se cambiara por el sistema propuesto acá creen que sería más justo para responder por el perjuicio causado?
4) ¿Qué otro sistema te gustaría implementar?
Referencias:
- Valor de la vida humana: https://diario.uach.cl/cuanto-vale-una-vida-humana/
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